Herencia sin testamento: 2 claves para saber a quien corresponde heredar

herencia sin testamento

Tabla de contenidos

Lo primero que se debe conocer es si existe un testamento que fuera formalizado por el fallecido. una herencia sin testamento supone grandes complicaciones, por lo que la existencia del mismo facilita mucho el trámite y , sin duda, si en el futuro queremos evitar problemas a nuestros familiares, es muy recomendable elaborar un testamento en vida. Puedes encontrar todos los detalles sobre cómo encontrar un testamento en nuestra guía paso a paso de aceptación de herencia.

Ante un evento tan triste como el fallecimiento de un ser querido se juntan, en muchos casos, disputas familiares que pueden no tener un desenlace agradable. Estas disputas suelen agravarse cuando se trata de una herencia sin testamento. Por este motivo, es muy importante conocer bien lo que legalmente corresponde a los diferentes herederos para evitar estas disputas y limitar el duelo de tan desgraciado evento. 

Las dos claves para saber a quien corresponde heredar en una herencia sin testamento son el conocimiento de la figura de herederos forzosos y el conocimiento del orden de en el que corresponde heredar

Definición de los herederos forzosos en herencia sin testamento

Herederos forzosos o legitimarios: De acuerdo al código civil, la legítima es la porción de bienes que se deben reservar a los herederos forzosos. Los herederos forzosos son los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. A falta de los anteriores serán los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. Adicionalmente, los viudos/as forman parte de esta categoría de herederos forzosos. No obstante, en su caso, el cónyuge viudo no hereda una plena propiedad sino un derecho de usufructo que varía en función de las siguientes casuísticas:

  • Confluencia de hijos y cónyuge sobreviviente: En el caso de que existan hijos o descendientes, al cónyuge viudo sólo le corresponderá el derecho de usufructo de un tercio de la herencia. Esto significa, que los hijos heredan a partes iguales la plena propiedad de dos tercios de la herencia y además la nuda propiedad de un tercio de la herencia
  • Confluencia de padres o ascendientes y cónyuge sobreviviente: En el caso de que no existan hijos ni descendientes, pero sí padres o ascendientes del fallecido, el cónyuge viudo tiene derecho a la mitad del usufructo de los bienes de la herencia. Esto significa que los padres o ascendientes heredan a partes iguales la plena propiedad del 50% de los bienes de la herencia y heredan la nuda propiedad del 50% de los bienes de la herencia. Siendo el cónyuge sobreviviente quien tiene derecho al usufructo de la mitad de los bienes.

Orden de herederos en herencia sin testamento

  • Hijos y descendientes: En caso de existir, heredarán a partes iguales entre todos
  • Padres y ascendientes: En el caso de no existir hijos y descendientes, el derecho pasará a los padres, en caso de que no existan serán los ascendientes vivos, quienes heredarán a partes iguales
  • Viudo o viuda: En caso de estar casado, siempre que no existan ni descendientes ni ascendientes.
  • Hermanos y sobrinos: En defecto de los anteriores, heredarán hermanos a partes iguales y, en su defecto, sobrinos
  • Tíos y Primos. En defecto de los anteriores, los tios a partes iguales, y si no existieran tíos, los primos adquirirán el derecho. Se sigue esta línea hasta los herederos de cuarto grado grado de consanguinidad
  • En último caso el estado.  

Tal y como vemos, una herencia sin testamento genera grandes problemas. En estos casos contar con el soporte y asesoramiento de un experto es esencial. En Heredify resolvemos cualquier problema de tu herencia ofreciéndote un presupuesto adaptado a tu caso. Sin pagar un euro más de lo que corresponde.

1ª Consulta gratis

Evita cometer errores, cobra tu herencia rápidamente y gestiona tu herencia cómodamente sin desplazamientos innecesarios .

Scroll al inicio